Derecho de los Consumidores

¿Te inscribiste en el Registro No Llame y te siguen llamando?

📅 12/02/25  ✍️ Dr. Guido Sánchez López  


Las llamadas comerciales no solicitadas pueden resultar especialmente molestas cuando una persona ya manifestó expresamente su voluntad de no recibir este tipo de comunicaciones.

En Argentina existe el Registro Nacional No Llame, creado por la Ley 26.951, que permite a los titulares o usuarios autorizados de servicios telefónicos solicitar que sus números sean excluidos de determinadas llamadas publicitarias, comerciales o de ofertas de bienes y servicios.

¿Qué es el Registro Nacional No Llame?

El Registro Nacional No Llame es un sistema creado para proteger a los usuarios de servicios telefónicos frente a comunicaciones publicitarias, ofertas y promociones no solicitadas.

La inscripción permite manifestar la voluntad de no recibir llamadas de quienes realizan campañas de publicidad, marketing, oferta o venta de bienes y servicios mediante comunicaciones telefónicas, dentro de los alcances establecidos por la legislación vigente.

¿Qué pasa si estoy inscripto en el Registro No Llame y me siguen llamando?

La inscripción en el Registro genera obligaciones para quienes realizan comunicaciones comerciales.

Por regla general, las empresas y organizaciones que realizan campañas telefónicas deben consultar el Registro y evitar contactar a los números que figuran inscriptos, salvo que se configure alguna de las excepciones previstas legalmente.

Por eso, si una persona continúa recibiendo llamadas comerciales después de haberse inscripto, puede realizar un reclamo para que se investigue el incumplimiento.

¿Todas las llamadas están prohibidas?

No.

La inscripción en el Registro Nacional No Llame no significa que absolutamente ninguna comunicación pueda realizarse al número registrado.

La legislación contempla determinadas excepciones. Entre ellas se encuentran ciertos casos en los que existe un vínculo contractual vigente con la empresa o cuando la comunicación se encuentra comprendida dentro de alguno de los supuestos expresamente contemplados por la normativa.

Por este motivo, para determinar si una llamada constituye efectivamente un incumplimiento, es necesario analizar quién realizó la comunicación, cuál fue su finalidad y qué relación existía, en su caso, entre el usuario y la empresa.

¿Cómo reclamar si una empresa sigue llamando?

Si una persona continúa recibiendo llamadas comerciales pese a encontrarse inscripta en el Registro No Llame, es importante conservar la mayor cantidad posible de información sobre las comunicaciones recibidas.

Por ejemplo:

  • Número telefónico desde el cual se realizó la llamada.
  • Fecha y hora de cada comunicación.
  • Nombre de la empresa que realizó el contacto.
  • Producto o servicio que se intentó ofrecer.
  • Nombre de la persona que realizó la llamada, si fue informado.
  • Capturas de pantalla del registro de llamadas.
  • Mensajes de texto o comunicaciones posteriores relacionadas con la oferta.

También es conveniente conservar la constancia de inscripción en el Registro Nacional No Llame y cualquier reclamo realizado previamente.

¿Puedo reclamar una indemnización?

Dependiendo de las circunstancias del caso, el incumplimiento de las normas de protección de los consumidores puede generar consecuencias para la empresa responsable.

Además de solicitar que cesen las comunicaciones, el consumidor puede analizar la posibilidad de reclamar una reparación por los daños que la conducta le hubiera ocasionado.

En determinados casos, también puede resultar procedente solicitar daño punitivo, una figura prevista por la Ley de Defensa del Consumidor para determinadas conductas particularmente graves.

Un antecedente contra Movistar por llamadas comerciales

En un caso judicial, una usuaria que se había inscripto en el Registro Nacional No Llame continuó recibiendo llamadas y ofertas comerciales de Telefónica Móviles Argentina S.A. (Movistar).

Durante el proceso se acreditó que la empresa había continuado realizando comunicaciones comerciales pese a la inscripción de la usuaria en el Registro.

La Justicia consideró que esa conducta demostraba una actitud contraria a la voluntad expresamente manifestada por la consumidora y condenó a la empresa al pago de una suma en concepto de daño punitivo.

El antecedente resulta relevante porque demuestra que la inscripción en el Registro No Llame no constituye una mera recomendación para las empresas, sino una manifestación de voluntad del consumidor que debe ser respetada dentro del marco establecido por la legislación.

¿Qué puedo hacer si siguen llamándome?

Si ya estás inscripto en el Registro Nacional No Llame y continúan las llamadas comerciales, podés comenzar por reunir pruebas de las comunicaciones y realizar el reclamo correspondiente.

Si las llamadas persisten o considerás que la conducta de la empresa excede una simple comunicación aislada, puede resultar conveniente analizar el caso desde el punto de vista del derecho del consumidor.

¿Te llaman constantemente aunque estás inscripto en el Registro No Llame?

No estás obligado a aceptar indefinidamente comunicaciones comerciales que no solicitaste.

La inscripción en el Registro Nacional No Llame constituye una herramienta destinada a proteger tu privacidad frente a determinadas prácticas de marketing telefónico.

Si una empresa continúa realizando llamadas comerciales y considerás que está incumpliendo la normativa, podés consultarnos para analizar tu caso y determinar qué reclamo corresponde realizar.