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El decreto de necesidad y urgencia que reduce la tasa de interés aplicable a las indemnizaciones por accidentes del trabajo ES CLARAMENTE INCONSTITUCIONAL.



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El D.N.U. publicado el lunes 30 de septiembre en el Boletín Oficial bajo el Nº 669/2019 modificó la forma de calcular las indemnizaciones de los infortunios derivados de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, al establecer la aplicación del índice RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables) en lugar de la tasa activa del Banco Nación usada hasta ahora, para actualizar el monto de la indemnización durante el tiempo que transcurre desde la primera manifestación invalidante hasta la fecha en que dicho monto deba ponerse a disposición del trabajador accidentado o sus causahabientes. De esta forma las indemnizaciones por incapacidad o muerte en el ámbito del trabajo se reducirán considerablemente. Por ejemplo, el RIPTE de todo el 2018 fue de 27,72%, contra un 40,63% de la tasa activa del Nación, la cual actualmente asciende a niveles cercanos al 90%”.

Si bien esta afectación de las indemnizaciones no se sostendrá en el tiempo porque el D.N.U. puede ser impugnado judicialmente, dado que –a nuestro entender– es manifiestamente inconstitucional, lo cierto es que mientras tanto tendrá efectos reales porque sumará presión para que las familias que no pueden esperar los tiempos judiciales acepten “acuerdos conciliatorios” más bajos, toda vez que el paso del tiempo ahora, en vez de favorecer a los trabajadores víctimas de un siniestro laboral, favorecerá a las empresas aseguradoras

Otro punto polémico es que esta medida tendrá vigencia retroactivamente, ya que el artículo 3º del decreto establece que “se aplicará en todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante”.

El expresidente del Colegio de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo, acertadamente indicó: “El Gobierno tiene una suerte de obsesión con el tema de los accidentes de trabajo. Comenzó diciendo que todos los abogados que hacen accidentes de trabajo son una asociación ilícita conjuntamente con jueces para robarles a las pobres empresas de ART. El Gobierno cree que si a un trabajador se le cae un ladrillo en la cabeza la culpa la tenemos los abogados porque hacemos el juicio, y no, en primer lugar, la tiene el empleador porque no le dio el casco, y en segundo lugar, la Superintendencia porque no controló que no le daban el casco”.

En suma, si bien la medida se explica, según sus considerandos, en el descalce que se produce en el sistema entre el rendimiento financiero de los activos de la industria aseguradora (42%) y la tasa de interés que estaba prevista en la normativa vigente, que hoy asciende a niveles cercanos al 90%, la verdadera causa del problema es el desmadre inflacionario que estamos padeciendo, y lo real es que con esta modificación impulsada desde el gobierno el poder adquisitivo de la indemnización debida al trabajador accidentado no está resguardada con un interés suficiente, sino todo lo contrario, ante lo que es el actual contexto inflacionario.




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